La ley te obliga a designar uno y a registrarlo ante la IVE. Te explicamos qué hace, qué responsabilidad asume y cómo lo formamos en 12 horas.
El Oficial de Cumplimiento es quien diseña, opera y vigila el programa de prevención de lavado de dinero dentro de la empresa. No es un puesto simbólico: es el único canal oficial de comunicación con la IVE y quien firma los reportes que se le envían.
El Artículo 16 del Decreto 15-2026 exige que se designe a nivel gerencial, con un suplente, con independencia para hacer su trabajo y con los recursos necesarios para operarlo. El Artículo 18 permite que los profesionales individuales ejerzan ellos mismos esa función.
Si tu empresa es Persona Obligada y no lo designa ni lo inscribe ante la IVE, el incumplimiento es de la empresa, no del empleado que se quedó sin el nombramiento.
Se aprende. Y es más barato aprenderlo antes de que la IVE toque la puerta.
Un programa práctico para que la persona designada sepa exactamente qué hacer desde el primer día: qué revisar, qué documentar y qué reportar.
Qué cambió con el Decreto 15-2026, qué es la IVE y qué te exige exactamente.
Cómo construir la matriz de riesgo, conocer al cliente e identificar al beneficiario final.
Cómo reconocer una señal de alerta y cómo se arma y envía un Reporte de Transacción Sospechosa.
Documentación, expedientes, capacitación del personal y cómo prepararse para una revisión.
Te compartimos el temario completo, las próximas fechas y el precio según cuántas personas quieras formar.
Un asesor te responde directamente, sin pasar por un call center.